lunes, 11 de octubre de 2010

Objetores de conciencia

ADN pág 9 - viernes 16 de Octubre de 2009
"Sin servicio militar, los objetores de conciencia
Corte Constitucional ordena que se reglamente este derecho.

La objeción de conciencia frente al servicio militar obligatorio es un derecho del que gozan todos los colombianos, según determinó la Corte Constitucional al fallar una demanda contra la ley 48 de 1993, que reglamentó el servicio de reclutamiento y movilización.

Los magistrados del alto tribunal acaban de determinar que, así la Ley 48 no los mencione, los objetores de conciencia deben ser considerados como exentos del servicio militar...

En lo sucesivo las Fuerzas Militares "deberán analizar cada caso en concreto y si las personas consideran que se están violando sus derechos podrán reclamarlos mediante la acción de tutela", aseguró el presidente de la Corte Constitucional, magistrado Nilson Pinilla, al confirmar el fallo.

La sentencia acoge el concepto de la Procuraduría que en agosto pasado había pedido reconocer el derecho a los objetores de conciencia en el tema de servicio militar."

Hay que estar pendiente cada año haber como va ese derecho

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